Asesoramiento legal para personas mayores y sus familias en Valencia

El asesoramiento legal para personas mayores sirve para decidir a tiempo lo que después cuesta mucho más: quién podrá firmar en el banco si tu madre ya no puede, qué pasará con el piso o qué tratamientos quiere recibir. En València te lo explicamos sin tecnicismos, preparamos contigo la documentación y te decimos cuándo hace falta notario o abogado.

Señor mayor firmando documentos en la mesa de su casa
  • Orientación clara, sin tecnicismos
  • Preparamos contigo la documentación
  • Te decimos cuándo hace falta notario o abogado
  • Valoración gratuita en casa, sin compromiso

Los asuntos legales que conviene ordenar a partir de cierta edad

No hace falta resolverlos de golpe, pero sí saber qué existe y qué corre prisa.

  • Testamento

    Se otorga ante notario y se puede cambiar cuantas veces se quiera. Deja claro el reparto y ahorra a la familia la declaración de herederos.

  • Poder preventivo

    Tu familiar elige ante notario quién actuará por él si un día lo necesita: el banco, los papeles, la casa.

  • Autocuratela

    Deja propuesto en escritura pública quién quiere que sea su curador, o quién no, si algún día un juez tiene que nombrarlo.

  • Voluntades anticipadas

    Recoge qué tratamientos médicos acepta o rechaza para cuando no pueda expresarlo, y quién le representará ante los médicos.

  • Herencias

    Los pasos y los plazos tras un fallecimiento, en orden, para no dejar ninguno atrás.

  • Dependencia

    Qué hacer si la resolución no refleja su situación real o si el expediente se retrasa.

Medidas de apoyo: cuál encaja en cada situación

El Código Civil da prioridad a lo que decide la propia persona; el juez solo interviene cuando no hay otra medida suficiente.

MedidaQuién la decide y cómoCuándo encaja
Poder preventivoLa propia persona, en escritura pública ante notario, que lo comunica al Registro CivilMientras puede decidir y quiere dejar preparado a alguien de confianza
AutocuratelaLa propia persona, también en escritura públicaQuiere elegir, o excluir, a quien sería su curador si algún día hiciera falta
Guarda de hechoNadie la nombra: es el familiar que ya le apoya en el día a díaGestiones corrientes; para actos importantes necesita autorización judicial
CuratelaUn juez, cuando hace falta apoyo continuado y no hay otra medida suficientePor regla general asiste y solo de forma excepcional representa; se revisa cada tres años como máximo, o seis si el juez lo justifica
Defensor judicialUn juez, para una situación concretaApoyo ocasional, aunque se repita, o un conflicto de intereses puntual

Resumen orientativo: cada caso conviene revisarlo con un profesional.

Poderes preventivos y autocuratela: decidir mientras se puede

Un poder preventivo es la forma más sencilla de que tu madre deje resuelto quién actuará por ella si algún día no puede. Se firma ante notario, que comprueba que entiende lo que hace, y se comunica al Registro Civil. Puede funcionar desde ya y seguir valiendo si después necesita apoyo, o activarse solo cuando llegue esa situación, acreditada como ella haya previsto.

Merece la pena pensar el contenido: si incluye el banco y los pagos, si permite vender o alquilar el piso, si nombra a una o a dos personas y cómo rendirán cuentas. Si se otorga al cónyuge o a la pareja, se extingue si dejan de convivir, salvo que se haya previsto otra cosa. Con la autocuratela, además, deja escrito a quién propone como curador.

Profesional conversando con un señor mayor en el salón de su casa

Herencias: los pasos tras un fallecimiento, en orden

Los plazos son los generales; tu notaría o tu asesor fiscal te confirmarán los de tu caso.

  1. Certificado de defunción

    Se pide en el Registro Civil una vez inscrita la defunción y hace falta para casi todos los trámites siguientes.

  2. Últimas voluntades y seguros

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pide el certificado de últimas voluntades, que indica si hizo testamento y ante qué notario, y a la vez el de seguros con cobertura de fallecimiento.

  3. Testamento o declaración de herederos

    Con testamento, se pide copia autorizada al notario que lo guarda; sin testamento, la declaración de herederos se tramita ante notario.

  4. Inventario y aceptación

    Se hace inventario de bienes, cuentas y deudas, y los herederos aceptan y se reparten la herencia, normalmente en escritura notarial.

  5. Impuestos

    Si residía en la Comunitat Valenciana, el impuesto de sucesiones se presenta en la Agència Tributària Valenciana, con un plazo general de seis meses. Si hay un inmueble urbano, la plusvalía municipal tiene seis meses, prorrogables hasta un año.

  6. Cambios de titularidad

    Con la escritura se actualizan el Registro de la Propiedad, el banco, los recibos y los vehículos. Sin escritura pública, el cambio en el Catastro se comunica en dos meses.

Testamento y voluntades anticipadas en la Comunitat Valenciana

El testamento habitual es el abierto ante notario. Desde la reforma de 2021, una persona con discapacidad o con una demencia puede testar si, a juicio del notario, comprende y puede expresar el alcance de lo que dispone; ya no se exige el informe de dos médicos. Si hay un diagnóstico reciente, conviene no aplazarlo.

El documento de voluntades anticipadas es otra cosa: recoge qué tratamientos quiere o rechaza tu familiar si un día no puede decirlo, y quién le representará ante los médicos. En la Comunitat Valenciana se otorga ante notario o ante tres testigos, con condiciones sobre su relación con la persona, y se inscribe en el Registro de Voluntades Anticipadas, por ejemplo a través del SAIP (Servicio de Atención e Información al Paciente) de su hospital, con la tarjeta SIP. Se puede modificar o revocar cuando quiera.

Te ayudamos a preparar los dos documentos y la cita, y si necesita compañía para ir, puedes combinarlo con nuestro acompañamiento médico.

Señales de que alguien intenta estafar a tu padre o a tu madre

Las estafas a personas mayores cambian de forma, pero suelen meter prisa y pedir dinero o claves. Ante la duda, el Banco de España e INCIBE recomiendan cortar, llamar uno mismo al banco o al familiar por la vía de siempre y no pagar nada. El 017 de INCIBE es gratuito y confidencial.

  • Una llamada del supuesto banco que pide claves o códigos recibidos por SMS
  • Un mensaje de un hijo con número nuevo que necesita un Bizum urgente
  • Visitas sin cita de técnicos que piden entrar o cobrar en el acto
  • Premios, herencias o devoluciones que exigen pagar algo antes
  • Contratos de luz, gas o alarma firmados en casa y con prisa
  • Retiradas de efectivo o transferencias que no encajan con su vida
  • Un amigo nuevo que se ofrece a gestionar su dinero
  • Cargos o facturas que tu familiar no sabe explicar

¿Se puede recurrir la resolución de la dependencia?

Sí. Si el grado reconocido o el Programa Individual de Atención (PIA) no reflejan la situación real de tu familiar, se puede recurrir. La resolución indica qué recurso cabe, ante qué órgano y en qué plazo; en el recurso de alzada es un mes desde el día siguiente a la notificación. Apunta la fecha en que llega la carta.

Ayudan los informes médicos recientes y una descripción de su día a día con ejemplos concretos. Si su situación empeora más adelante, también se puede pedir la revisión del grado.

Si el expediente se retrasa, puedes presentar una queja ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. Preparamos contigo los escritos desde gestión de trámites, y los pasos para pedir la dependencia están en la guía de la dependencia en la Comunitat Valenciana. Si el asunto llega al juzgado, necesitarás un abogado.

Quién hace qué: nosotros, el notario y el abogado

Lo que hacemos nosotros

  • Explicarte las opciones con ejemplos y sin tecnicismos
  • Reunir la documentación y preparar la cita en la notaría
  • Revisar resoluciones de dependencia y preparar contigo los recursos
  • Ordenar los pasos y los plazos de una herencia
  • Acompañar a tu familiar a la notaría si lo necesita

Lo que no hacemos

  • Autorizar escrituras: lo hace el notario
  • Defenderos en un juicio: lo hace un abogado
  • Calcular y presentar impuestos: lo hace un asesor fiscal o una gestoría
  • Decidir por tu familiar: la decisión es suya, con los apoyos que necesite

Preguntas frecuentes sobre asesoramiento legal para mayores

¿Cuánto cuesta el asesoramiento legal para una persona mayor en València?

Depende del asunto: preparar un poder preventivo no es lo mismo que ordenar una herencia o recurrir una resolución. Tras la valoración gratuita recibes una propuesta por escrito con nuestro precio cerrado, sin permanencia; más detalles en precios y cómo se calculan. Los honorarios del notario y, si hay juicio, los del abogado van aparte; con ingresos limitados se puede pedir la asistencia jurídica gratuita a través del Colegio de Abogados de Valencia (ICAV).

¿Qué diferencia hay entre un poder preventivo y la curatela?

El poder preventivo lo decide tu familiar, ante notario, mientras puede hacerlo: elige a quién y para qué. La curatela la acuerda un juez cuando hace falta un apoyo continuado y no existe otra medida suficiente, y se revisa periódicamente. Si todavía está a tiempo, el poder suele ser la vía más sencilla.

Mi madre tiene alzhéimer: ¿todavía puede hacer testamento o firmar un poder?

Puede, si el notario aprecia que comprende y puede expresar el alcance de lo que firma. Un diagnóstico de demencia no lo impide por sí solo, pero cada mes cuenta: pide cita pronto, lleva los informes médicos y deja tiempo para que el notario hable con ella. Si ya no es posible, existen otras medidas de apoyo. Para el día a día, mira el cuidado de personas con alzhéimer.

¿Tengo que incapacitar a mi padre para gestionar sus cuentas?

No. La incapacitación desapareció con la Ley 8/2021. Si tu padre puede decidir, lo más sencillo es un poder preventivo. Si ya no puede y no lo otorgó, quien le apoya en el día a día puede actuar como guardador de hecho en gestiones corrientes; para actos importantes, como vender un piso, hace falta autorización judicial o una curatela.

¿Qué es la guarda de hecho?

Es la situación del familiar o allegado que ya apoya a una persona mayor sin nombramiento formal. La ley la reconoce: no necesita autorización para pedir una prestación económica a su favor, si no cambia de forma importante su vida, ni para actos de poca relevancia económica. Para representarle en asuntos importantes, sí necesita autorización del juzgado.

Mi padre fue incapacitado antes de 2021: ¿qué cambia ahora?

La sentencia no se anuló automáticamente, pero cambió su encaje: a los tutores de personas con discapacidad se les aplican las normas del curador representativo. La ley previó revisar esas medidas, a petición de la persona o de quien la apoya, o de oficio por el juzgado. Si la de tu padre no se ha revisado todavía, se puede solicitar.

¿Cuánto tiempo hay para presentar el impuesto de sucesiones?

El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento y, si la persona residía en la Comunitat Valenciana, se presenta en la Agència Tributària Valenciana. No apures el plazo: antes hay que reunir certificados, testamento o declaración de herederos e inventario, y eso lleva semanas.

¿Qué hago si creo que están estafando a mi madre?

Que llame cuanto antes a su banco por el número de siempre para bloquear tarjetas o pagos, y guarda mensajes y capturas. Después, presenta denuncia en comisaría. Te ayudamos a ordenar pruebas y escritos y, si quien se aprovecha es alguien cercano, a valorar qué medidas de protección tienen sentido.

Ordenad los papeles antes de que haya prisa

Cuéntanos qué os preocupa: un poder, una herencia, una resolución de dependencia. Te llamamos, lo vemos en casa con tu familiar y te dejamos por escrito pasos y precio.